Los certificados de profesionalidad acreditan las competencias profesionales adquiridas mediante acciones de formación profesional ocupacional y continua, programas de formación y empleo, contratos de apredizaje y para la formación, la experiencia laboral u otras vías no formales de formación, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
Los certificados de profesionalidad tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y serán expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
El Real Decreto 1506/2003, de 28 de marzo, establece las directrices sobre los Certificados de Profesionalidad. 